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Legisladores dieron Despacho favorable para la Planificación del Piedemonte

Las Comisiones de Ambiente, LAC y Hacienda, avanzaron con la ley que busca solucionar las realidades territoriales de Mendoza. Como medidas se incluye a más municipios, se distinguen niveles de riesgo aluvional y se determinó el límite de urbanización en los 1.150 m.s.n.m. . Además se prevén multas.

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Se realizó una reunión conjunta entre las Comisiones de Hacienda y Presupuesto, cuya presidenta es Ángela Floridia; Legislación y Asuntos Constitucionales (LAC), cuyo titular es el Senador Marcelo Rubio y Ambiente, Cambio Climático, Riesgo de Desastres, Asuntos Territoriales y Viviendas, a cargo de Ernesto Mancinelli, quien además preside la conjunta.

La iniciativa de comienzos de agosto, lleva el número de expediente 74282, fue presentado por el Poder Ejecutivo provincial en mayo de 2020. El objetivo del mismo es avanzar en el proceso de Planificación del Piedemonte del Área Metropolitana de Mendoza (AMM) y comenzar el camino para arribar a soluciones para sus realidades territoriales en un corto y mediano plazo.

El proyecto de ley establece pautas de manejo y disposiciones específicas para la planificación integrada y sostenible de la Precordillera y Piedemonte del Área Metropolitana de Mendoza estableciendo criterios mínimos con los cuales los municipios involucrados y la Provincia ordenarán el Piedemonte en un proceso de Ordenamiento Territorial especial, tal como establece el Plan Provincial de Ordenamiento Territorial Ley N° 8.999 y la Ley N° 8.051 de Ordenamiento Territorial y Usos del Suelo.

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Riesgo aluvional

Además, se establecen zonas y sub-áreas que, según su peligro aluvional (muy alto, alto, medio, bajo) no deben desarrollarse para uso alguno, como por ejemplo los cauces aluvionales, así como también otras pueden ser urbanizables ya que son seguras desde el punto de vista aluvional.

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De esta manera hay una primera distinción de zonas para desarrollar, a partir de las cuales se deberán realizar los estudios ambientales según Ley N° 5.961 para lograr mayor detalle sobre la factibilidad ambiental, así como un estudio hidráulico para tomar conocimiento sobre su situación aluvional en detalle.

Límite de urbanización

El área en su totalidad se encuentra clasificada según el criterio mencionado y se propone que el límite a la urbanización no exceda la curva de nivel de cota 1.150 m.s.n.m. debido a que por encima de la misma se dificulta la construcción de infraestructuras de servicios, como el agua potable, por ejemplo.

Las problemáticas ambientales y territoriales del Piedemonte han sido estudiadas y diagnosticadas en detalle y en el marco de este proceso se realizaron estudios que sumaron argumentos técnicos que fundamentan los proyectos de ley que se presentan.

El tratamiento de este proyecto en las Comisiones respectivas es amplio, ha sido analizado y debatido por los distintos representantes de los bloques legislativos, quienes además han realizado distintos aportes que fueron incorporados a la ley para su mejora.

Reclamos frecuentes de los vecinos para solucionar el acceso al agua en Vertientes del Pedemonte.

Jurisdicciones municipales

Además de los cuatro municipios afectados directamente entre los que se incluye Luján, Godoy Cruz, Capital y Las Heras, se solicitó la incorporación de Lavalle, Maipú y Guaymallén que, si bien no están directamente vinculados al Piedemonte, las decisiones que se tomen sobre la planificación en ese ámbito, pueden afectarlos directamente.

Por su parte Rubio destacó que entre los aportes que se realizaron a la iniciativa primaria está la incorporación de las sanciones y cómo deberán aplicarse.

“Hoy es difícil sancionar (a quienes compran-venden o construyen sin autorizaciones) no se respetan las normativas, ni municipales ni provinciales. Por esta razón incorporamos diversas figuras de qué es lo que NO está permitido tales como: que se produzca una degradación ambiental por obras no autorizadas; por la comercialización de parcelas en infracción a leyes y ordenanzas; por la degradación ambiental de cauces aluvionales; por la degradación ambiental irreversible y reversible; por conductas que obstruyan o no cumplan con la ley; por la reincidencia, responsabilidad del dueño o usurpador. Las multas se establecen desde las 5000 unidades fijas hasta 50.000”, detalló Rubio.

Estuvieron presentes los y las Senadoras, Natacha Eisenchlas, Pedro Serra, Florencia Canali, Rolando Baldasso, Cecilia Canizzo, Martín Kerchner Tomba, Jésica Laferte, Pablo Priore, Anabel Rocca, Mercedes Rus, Gabriela Testa, Germán Vicchi, Mariana Zlobec, Alejandro Bermejo, Adriana Cano, Mercedes Derrache, Lucas Ilardo, Bartolomé Robles, Mauricio Sat y Adriana Cano.

Cochería Alarcón

4 comentarios

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