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Con que documento puedo votar?

Quien concurra al acto eleccionario deberá presentar el documento cívico que figura en el padrón o uno posterior.

El próximo 22 de octubre, los mendocinos deberán asistir a las urnas nuevamente. Se elegirá a quienes ocuparán los cargos legislativos nacionales, provinciales y municipales. Se renovarán 5 bancas a diputados nacionales, 24 diputados provinciales y 19 senadores provinciales.

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En cuanto a los cargos a concejales, se eligen en 17 departamentos, porque San Carlos tendrá elecciones en diciembre.

Los documentos habilitados para votar son:


–       Libreta Cívica.

–       Libreta de Enrolamiento.

–       DNI libreta verde.

–       DNI libreta celeste

–       DNI Tarjeta.

–       Nuevo DNI digital.

Quien concurra al acto eleccionario debe presentar el documento cívico que figura en el padrón o uno posterior. Aquel que se presente con un documento cívico anterior al que figura en el padrón no podrá votar. Por ejemplo: si el ciudadano figura con DNI tarjeta y asiste con el DNI libreta verde, no podrá ejercer su derecho al voto.

Constancia de emisión del voto

Al emitir el voto, el ciudadano debe verificar la constancia de emisión del voto y el lugar del padrón –donde asienta su firma– contenga sus datos personales. En principio, las autoridades de mesa deben constatar que los datos correspondan con el elector antes de firmar el padrón.

Fuente: mendoza.gov.ar


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