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Cómo miran los empresarios el blanqueo de capitales y los incentivos para construir

El martes se oficializará. Pretenden dinamizar el sector inmobiliario.

obras

El régimen de blanqueo de capitales e incentivos fiscales para la construcción, comenzará en los próximos días, y pretende dinamizar la actividad como estímulo para generar mayor inversión en desarrollos inmobiliarios nuevos o que estén en su etapa inicial.

Ley de Incentivo a la Construcción y Acceso a la Vivienda, instrumentará el Registro de Proyectos Inmobiliarios para que los inversores puedan acceder a los beneficios fiscales previstos en dicha ley. Además se reglamentó el Programa de Normalización que habilita la declaración voluntaria de tenencia en moneda nacional y extranjera  para la realización de inversiones en desarrollos inmobiliarios. 

La Resolución General N°4976, que será publicada el próximo martes en el Boletín Oficial, habilita los beneficios tributarios y las herramientas contempladas en la ley 27.613. La iniciativa promueve el desarrollo y la inversión en proyectos inmobiliarios nuevos que se inicien a partir de la entrada en vigencia de la ley (12 de marzo de 2021) o que, a dicha fecha, tengan un avance inferior al 50%. 

Registro de Proyectos Inmobiliarios


La normativa implementa el Registro de Proyectos Inmobiliarios para que desarrolladores, constructores y vehículos de inversión informen las obras privadas alcanzadas. El servicio web estará disponible desde el 7 de junio de 2021

La resolución establece que para acreditar la fecha de inicio y el grado de avance menor al 50% será necesario un dictamen de un profesional matriculado competente en la materia con su firma certificada por la autoridad profesional que rija la matrícula o, en el primer caso, también se admitirá la  información presentada ante las autoridades edilicias competentes. 

Una vez aceptada la inscripción se generará un “Código de Registro de Proyecto Inmobiliario” y se emitirá la correspondiente “Constancia de Registración de Proyecto”. Dicho código deberá ser consignado en las declaraciones juradas de los inversores para para gozar de los beneficios vinculados al Impuesto sobre los Bienes Personales, Impuesto a las Ganancias y/o Impuesto a la Transferencia de Inmuebles de Personas Físicas y/o Sucesiones Indivisas.

Programa de Normalización

La resolución también reglamentó el procedimiento y las condiciones para que los contribuyentes puedan realizar la declaración voluntaria de tenencias de moneda extranjera y nacional que no hubieran sido declaradas a la fecha de entrada en vigencia de la ley. 

Antes de presentar la declaración jurada ante el organismo, los sujetos que adhieran al programa deberán depositar sus tenencias en moneda nacional o extranjera en una “Cuenta especial de Depósito y Cancelación para la Construcción Argentina (CECON.Ar). Ley 27613” reglamentadas recientemente por el Banco Central. Según los plazos de acreditación de las tenencias de moneda declaradas, el contribuyente deberá presentar una declaración jurada por cada período y abonará el impuesto especial en las fechas previstas por la normativa para cada caso:  

  • Período mayo: Alícuota 5%. Acreditaciones realizadas desde el 12 de marzo al 10 de mayo de 2021, inclusive. El vencimiento es el 31 de mayo de 2021. 
  • Período junio: Alícuota 10%. Acreditaciones realizadas desde el 11 de mayo al 9 de junio de 2021, inclusive. El vencimiento es el 30 de junio de 2021. 
  • Período julio: Alícuota 20%. Acreditaciones realizadas desde el 10 de junio al 9 de julio de 2021, inclusive. El vencimiento es el 9 de julio de 2021. 

La normativa establece que el ingreso del impuesto especial se realizará mediante el procedimiento de transferencia electrónica de fondos. No podrán afectarse fondos depositados en la cuenta especial para el pago del gravamen y el pago total en forma previa resultará condición necesaria para la presentación de la declaración jurada. Quienes adhieran al Programa de Normalización deberán informar, con carácter de declaración jurada, el o los “Código de Registro de Proyecto Inmobiliarios (COPI)” y el monto de la o las inversiones realizadas.  

La registración de las tenencias y su valuación en el servicio web “Normalización de la tenencia en moneda Ley 27.613” estará disponible desde el 17 de mayo de 2021. En tanto, el sistema para la confección del formulario F. 1130, la generación del Volante Electrónico de Pago (VEP) y el  envío de la declaración jurada será habilitado desde el 21 de mayo 2021.

Cómo lo ven algunos empresarios

Por su parte Juan Manuel Tapiola, CEO de Spazios, sostuvo que «el blanqueo está bien diseñado ya que se trata de un ´blanqueo productivo´, que de alguna forma obliga a canalizar los fondos exteriorizados en la reactivación de un sector con tanta tracción como es la construcción».

Asimismo, Alberto Fernández Prieto, presidente de Fernández Prieto & Asociados, analizó que «los verdaderos ganadores de este nuevo blanqueo serán los desarrolladores que tienen proyectos en etapa de lanzamiento con permisos de obra activados, que son quienes van a recibir una inyección de capital en el mediano plazo».

En tanto, Daniel Mintzer, CEO de GyD Developers, manifestó: «tuvimos una muy buena experiencia con los Cedines y esperemos que se repita ahora», al tiempo que contempló que «los plazos son muy cortos, con lo que debieran alargarse a fin de que se empiecen emprendimientos nuevos con este formato».

Mariano Gubitosi, gerente Comercial de Grupo Portland, expresó que «es una medida interesante que puede dar un mayor impulso al sector de inversiones en la construcción de desarrollos inmobiliarios». «Destacamos el concepto de Bloqueo Fiscal, el cual evitaría la determinación retroactiva de impuestos sobre la base de los fondos ingresados a este blanqueo. Esperamos desde Grupo Portland que ésta, y otras medidas que se implementen, ayuden a generar trabajo para todos los actores de la cadena productiva», agregó.

Para Leonardo Rodríguez Nader, CEO y co fundador de CMNV – Comunidad de Inversión, se trata de una «buena iniciativa que apoyamos desde la Cámara de Empresarios de la Vivienda (AEV) desde el primer momento». «Los beneficios fiscales e impositivos propuestos en la norma pueden ser un gran motivador para la inversión en la obra privada y, fundamentalmente, en la creación de viviendas. Esta y otras medidas son esenciales y casi no se discuten en el mundo entero, para resolver la cuestión habitacional y mejorar la calidad de vida de los ciudadanos», afirmó.

Hernán Nucifora, CEO de Global Investments, sostuvo que «es una ley que puede dinamizar el sector, un blanqueo destinado a la clase media, para movilizar y motorizar las obras en ejecución, que estén orientadas exclusivamente a proyectos de pozo y con un avance hasta el 50%. Me parece sumamente interesante».

En tanto, Federico Rosbaco, CEO de Rosbaco & Partners, señaló que «son medidas que van a influir positivamente en toda la cadena de valor de la industria, y que dinamizarán muy positivamente la economía, crearán trabajo, impulsarán el desarrollo social y darán resultados a corto plazo. Además, inyectarán inmediatamente capital a un sector que necesita de este tipo de medidas».

Luis Guido, director de la desarrolladora Grid, destacó «la posibilidad de la venta de dólares a valor de CCL, dólares que, obviamente, ya están blanqueados pero a un valor de CCL».

En la última semana, la reglamentación del régimen que se promulgó el mes pasado avanzó con la reglamentación general de la Ley y otras específicas del Banco Central y la Comisión Nacional de Valores (CNV).

Para dar comienzo al blanqueo resta la reglamentación por parte de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), que debe instrumentar un registro a los fines de que se comuniquen los datos pertinentes de los proyectos inmobiliarios.


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