lunes, abril 27Te mantenemos informado
Sombra

Código de faltas: 9 conductas con pena de cárcel o multa

La reforma al Código de Faltas consiguió media sanción en el Senado. Incluye sanciones al acoso callejero, la ingesta de bebidas alcohólicas en la vía pública y la incitación a la violencia en redes sociales, entre otras prácticas.

1 Quien porte un arma blanca u objeto cortante o contundente sin justificar el motivo será pasible de una multa desde 500 unidades fiscales hasta 1.500 unidades fiscales y un arresto de 10 días. (Recordar que una unidad fiscal está en $9,50).

Quien utilice las redes sociales para incitar a otras personas a provocar escándalos o tumultos en lugares públicos o abiertos al público. En el mismo sentido, será sancionado, quien organice manifestaciones o reuniones públicas masivas en locales cerrados o al aire libre sin dar aviso a la autoridades correspondiente.
3 Los vendedores estables o ambulantes (inciso l) que hagan ruidos estruendosos ofreciendo sus mercaderías o servicios también tendrán una pena prevista: multa de 200 a 1000 unidades fiscales o arresto de 3 a 10 días.
5 Quienes incurran en el acoso sexual callejero serán multados mediante el pago de de 200 a 500 U.F. o deberán cumplir con trabajo comunitario de 8 a 20 días). La mendicidad por medio de menores de edad o incapaces también será sancionada con arresto de 15 a 30 días o trabajo comunitario desde 60 a 80 días. Asimismo la omisión de vacunación obligatoria será multada con el pago de 200 a 800 U.F. o arresto de 5 días o su equivalente en trabajo comunitario.
Quienes incurran en ofensa personal a funcionario público, a maestros y a personal de la salud deberán pagar una multa de 1.500 unidades fiscales a 3.000 unidades fiscales o podrán ser arrestados por 15 a 30 días, según se evalúe en cada caso. En el caso particular de que se agreda a personal de la Salud, la pena será el pago de una multa de 800 u.f a 1.200 u.f. hasta el arresto de 8 a 12 días, según quede a criterio del efectivo policial. 
Quienes omitan denunciar la pérdida de una mascota será sancionado con una multa de 1.500 u.f. hasta 2.500 u.f. o incluso podrá ser pasible de arresto de 15 hasta 25 días, según se considere necesario.
Quienes consuman bebidas alcohólicas en la vía pública. «El que consumiere bebidas alcohólicas en la vía pública, lugares de acceso público, excepto en los lugares y horarios expresamente habilitados por la autoridad competente será sancionado con multa desde doscientas (200) U.F. hasta quinientas (500) U.F. o arresto desde un (1) día hasta cinco (5) días». 
Quienes se ausenten voluntariamente de su domicilio o entorno habitual y obligue a su familiar a denunciarlo motorizando todo un protocolo y un gasto de búsqueda por parte del Estado será pena con el pago de una multa de 1.000 u.f. hasta 2.500 u.f. y/o trabajo comunitarios de 30 días. En cualquier caso deberá devolver al Estado los recursos que se invirtieron en su búsqueda falsa. 
Fuente: MDZ
Cochería Alarcón

1 comentario

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.