Playas de estacionamiento: ¿Son responsables de los daños, hurtos o robos en autos, motos y bicicletas?
Con más de dos años de vigencia de la resolución provincial Nº 26 de 2015, llegó el momento para poner fin a la controvertida leyenda: “La empresa no se responsabiliza por eventuales daños, hurtos, robos y perjuicios ocasionados en los automotores, motos y bicicletas”.
Por esto, esa leyenda publicada en carteles externos e internos del lugar o en tickets entregados al usuario, no tiene validez alguna para eximir o liberar de la responsabilidad que tienen los propietarios de las playas de estacionamiento (sean estas onerosas, pagas o gratuitas). Lo anterior, de acuerdo también con las normas del Código Civil y Comercial de la Nación.
¿Qué hacer ante la eventualidad del daño, hurto o robo en esos lugares?
Resulta imprescindible que el usuario exija comprobante de ingreso al enca...
